Se acerca la fecha de la presentación del Impuesto de Sociedades y queremos recordar los beneficios fiscales que tienen las inversiones en actividades de Investigación y Desarrollo e Innovación tecnológica. Estos beneficios fiscales se recogen en el Art. 35 del Texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades (RD 4/2004 de 5 de Marzo y sus modificaciones posteriores), pudiéndose obtener deducciones fiscales por estos conceptos entre un 8% y un 46% del gasto incurrido en los proyectos.

Para la aplicación de dichos beneficios fiscales con total Seguridad Jurídica las empresas pueden obtener un «Informe Motivado» con carácter vinculante para la Administración Tributaria otorgado, con carácter general por el Ministerio de Ciencia e Innovación (MICINN). Es muy importante que este Informe Motivado se solicite con anterioridad a la fecha de presentación de dicho impuesto, es decir, antes del 25 de julio de 2010.

El siguiente enlace conecta con la página del Ministerio desde donde se puede acceder a toda la información http://www.mityc.es/es-ES/OficinaVirtual/Paginas/DeduccionesFiscales.aspx y al enlace directo para solicitar este Informe Motivado https://www11.mityc.es/idicer/ .

Si necesita colaboración puede contar con su EQUIPO DE ASESORES llamando a 915340407 o escribiendo a info@cavala.es