Os informamos acerca de una convocatoria de subvenciones para pequeñas y medianas empresas de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Acciones subvencionables:

Ayudas para:

  • apoyar las inversiones materiales e inmateriales que mejoren el rendimiento global de las empresas en algunas de sus fases de transformación y/o comercialización de los productos agrarios contemplados en el Anexo I del Tratado de la Unión Europea, exceptuando del mismo a los productos de la pesca.
  • promover el desarrollo en estas empresas de nuevos productos, procesos y tecnologías.

Tipo de subvención:

Subvención a fondo perdido

Anticipos reembolsables y préstamos

Cuantía de la ayuda:

Ayuda máxima: 20,00 %

Gastos subvencionables:

Serán subvencionables: inversiones materiales destinadas a la construcción, adquisición o mejora de inmuebles y la compra de nueva maquinaria, equipos, instalaciones y software; inversiones materiales destinadas a mejorar las condiciones higiénicas o de sanidad humana o animal; implantación de sistemas de calidad realizados por empresas externas (ISO 9000, ISO 22000, ISO 14000, BRC, IFS, o normas asimilables); costes generales, como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, estudios de viabilidad o adquisición de patentes y licencias.

Información adicional:

BENEFICIARIOS: industrias agroalimentarias (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes), que sean pymes o empresas con menos de 750 empleados y que estén establecidas en Madrid.

CUANTIA: el porcentaje reflejado podrá incrementarse hasta el 40%.

RESTRICCIONES: los beneficiarios deberán mantener la actividad subvencionable por un período no inferior a cinco años.

COMPATIBILIDAD: estas ayudas no podrán acogerse a ayudas procedentes de ningún otro instrumento financiero comunitario

NOTA INTERNA: estas ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva, están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)y el presupuesto total para el año 2014 será de 1..500.000 euros.

El plazo de resolución finalizará el 23/04/14 (6 meses desde la convocatoria).

El plazo de justificación finalizará el 30 de junio del año siguiente al de cada convocatoria.

Para consultar la convocatoria en su totalidad les proporcionamos el siguiente enlace: BOCAM_23Oct

Si quiere que su empresa se beneficie de estas subvenciones póngase en contacto con nosotros en: info@cavala.es o en el91 534 0407

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