El ayuntamiento de Madrid, publicó la ordenanza municipal de Gestión y Uso Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid en el año 2006; legislación ambiental en que se recogen las medidas susceptibles de regulación, en el ámbito de su competencia, que permitan avanzar en un uso más sostenible del agua en la ciudad.
Esta ordenanza tiene por objeto establecer, en el marco de las normativas europea, nacional y de la Comunidad de Madrid, el régimen jurídico de la gestión del agua en la ciudad de Madrid, fomentando el uso racional de los recursos hídricos, el aprovechamiento de recursos alternativos y la protección de las redes de abastecimiento y de saneamiento y del sistema de depuración.
En el Capítulo II: Medidas en usos residenciales, de oficinas y otros edificios de uso públicos, se hace referencia a la instalación de contadores de agua individuales, instalación de elementos de fontanería para reducción de consumos en nuevas edificaciones, nuevos dispositivos de eficiencia en otras edificaciones (como oficinas, hoteles y demás edificios de uso público), viviendas ya existentes e información a los usuarios.
CAVALA quiere destacar el especial interés que el Capítulo IV. Medidas de ahorro de agua específicas para los sectores industrial, rotacional y de servicios tiene. Se cita textualmente:
Todos los establecimientos industriales, comerciales o de servicios cuyo consumo de agua sea igual o mayor a 10.000 m3 anuales, deberán disponer de un Plan de gestión sostenible del agua que contenga las proyecciones de uso, la identificación de áreas para la reducción, reciclado, reutilización de agua o aprovechamiento de aguas pluviales y las medidas de eficiencia a aplicar, en el que se especifiquen las metas de conservación y el cronograma de actuaciones previsto.
El Plan de gestión sostenible del agua, tendrá un vigencia máxima de 4 años, dicho plan se presentará ante el órgano municipal con competencia ambiental para su aprobación, es decir, en cualquier oficina de Registro del Ayuntamiento de Madrid, dirigido a la Dirección General de Ingeniería Urbana y Gestión del Agua.
Si desea consultar la normativa está a su disposición . La modificación realizada, posteriormente, en el BOCAM núm. 6409 de fecha 8/04/2011. (Título I, Capítulo II, artículo 13), puede ser consultado aquí.
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