Publicado el Real Decreto 126/2015 que regula en España la información sobre los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y otras modalidades no envasadas en origen. Este Real Decreto, desarrolla para España el Reglamento Europeo 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.
¿Qué regula este Real Decreto?
En el Real Decreto 126/2015 se regulan las modalidades de información alimentaria sobre la presencia de ingredientes que causan alergias e intolerancias, que por primera vez son exigibles en el caso de los alimentos que se comercializan sin envasar o que se envasan en el punto de venta (comercio minorista, restauración).
- El Real Decreto aprobado persigue mejorar la información alimentaria que se facilita a los consumidores, asegurando al mismo tiempo a la flexibilidad necesaria para responder a las diferentes modalidades de suministro de los alimentos sin envasar.
- Se establece además un tamaño mínimo de letra en las etiquetas de los productos envasados por los titulares del comercio minorista.
- Se regula la información de los alimentos cubiertos por la norma en los casos de venta mediante comunicación a distancia, en línea con las disposiciones del Reglamento europeo 1169/2011.
Principal impacto de la nueva regulación
Una de las principales novedades que introduce el nueva Real Decreto 126/2015 es que regula las modalidades de información alimentaria sobre la presencia de ingredientes que causan alergias e intolerancias, que por primera vez son exigibles en el caso de los alimentos que se comercializan sin envasar o que se envasan en el punto de venta (comercio minorista, restauración), y en concreto de:
- Cereales con gluten (trigo, cebada, centeno, avena, espelta y karmut).
- Crustáceos, molúscos y pescados.
- Huevos y productos a base de huevo.
- Cacahuetes, soja , altramuces y frutos con cáscara (almedras, avellanas, anarcados, nueces…)
- Leche y sus derivados (incluida la lactosa).
- Apio, mostaza, granos de sésamo y sus derivados.
- Dióxido de azufre y sulfitos.
Se permite en determinados supuestos la transmisión de la información sobre los ingredientes que causan alergias e intolerancias, de forma oral, previo cumplimiento de ciertos requisitos adicionales que permitan asegurar que dicha información es verificable, garantizando así un alto nivel de protección de los consumidores y una mayor calidad del servicio prestado por los establecimientos afectados.
¿Qué tienes que hacer para adaptar tu negocio?
Puedes acceder desde aquí al texto completo del Real Decreto y consultar la Guía de aplicación de las exigencias de información alimentaria publicada por la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición.
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